lunes, 16 de mayo de 2016

Factura electrónica será obligatoria para el comercio exterior

A partir del próximo 1 de julio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) exigirá a las empresas que realicen exportaciones definitivas, el uso del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), con lo cual se busca combatir la falsificación en pedimentos y la evasión de impuestos.
Foto: propiedad de Internet
El Socio Director de TLC Asociados, Octavio de la Torre, explicó que "con esta medida, se advierte que las autoridades tributarias de cada país podrán verificar en línea la existencia del exportador,  los demás datos fiscales asentados en la misma y con ello, se busca reforzar la seguridad en las operaciones de comercio exterior a través de la verificación de la identidad de los contribuyentes, disminuyendo el riesgo de la falsificación o evasión de impuestos".

Señaló que "esta obligación es únicamente en exportaciones definitivas con clave de pedimento 'A1', por lo cual deberán declarar en el pedimento de exportación, el número o números de folio fiscal del o de los CFDI que correspondan, así como el complemento para comercio exterior que ya fue publicado el primero de marzo en el portal del SAT".

Esta nueva regla se dispuso en el Diario Oficial de la Federación el 19 de noviembre de 2015. De esta forma, el SAT otorgó más de 7 meses para que las empresas correspondientes se preparen para cumplir con dicha obligación desde julio del presente año.

De acuerdo al Código Fiscal de la Federación, el SAT podrá establecer facilidades administrativas para que los contribuyentes emitan sus comprobantes fiscales digitales por medios propios, a través de proveedores de servicios o con los medios electrónicos que en dichas reglas determine; asimismo, a través de las citadas reglas podrá establecer las características de los comprobantes que servirán para amparar el transporte de mercancías.

De la Torre agregó que "en este complemento se incluirá el identificador fiscal del país de residencia para efectos fiscales del receptor de la factura electrónica, y en su caso del destinatario o del identificador específico de cada país".

- T21 (Enrique Duarte)
- méxicoxport (Redacción)


SHARE THIS

Author:

0 comentarios: